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lunes, 4 de mayo de 2015

Fallo Madorrán CSJN 03.05.2007

“Madorrán, Marta C. c. DGA”, con fecha 03/05/2007 la C.S.J.N..

Concretamente en este fallo se trató respecto de un empleado público cuyo derecho a la estabilidad había sido desconocido por un convenio colectivo de trabajo que le resultaba aplicable y transformaba en no operativo el principio de estabilidad del empleado público y la imposibilidad de removerlo (salvo previo sumario).
De allí se comprende que la C.S.J.N. terminara ordenando la reincorporación y la nulidad del correspondiente Convenio Colectivo de Trabajo y de su laudo correspondiente.

 
Recordemos que la Sala VI de la Cámara Nacional del Trabajo había hecho lugar a la reincorporación de una empleada de la D.G.A., de modo tal que sentaba el precedente por el cual la estabilidad del empleado público preceptuado por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, que el empleado no pudo válidamente ser segregado sin invocación de una causa justificada y razonable de manera que su reclamo de reinstalación resulta procedente. 
Asimismo, declara nulo e inconstitucional el art. 7 del convenio colectivo 56/92 “E” según el texto dispuesto por el laudo 16/92 del M. de Trabajo y Seguridad Social, en la medida en que impedía que el art. 14 bis de la C.N. produzca los efectos mencionados.

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